Protección y Gastos médicos
Protección y Gastos médicos
Le ofrecemos cobertura y reembolso de gastos médicos para su tranquilidad:
- Fallecimiento accidental
- Fallecimiento accidental en transporte público
- Fallecimiento por enfermedad
- Reembolso de gastos médicos
PLAN | CAPITALES ASEGURADOS | ||
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PLAN 1 | PLAN 2 | PLAN 3 | |
Fallecimiento accidental o la incapacidad total y permanente por accidente | $U 650.000 | $U 890.000 | $U 1.300.000 |
Fallecimiento accidental en transporte público | $U 100.000 | $U 100.000 | $U 100.000 |
Fallecimiento por enfermedad | $U 120.000 | $U 135.000 | $U 170.000 |
Rembolso de gastos médicos por accidente | $U 55.000 | $U 55.000 | $U 55.000 |
Costo Mensual | $U 243 | $U 294 | $U 365 |
Características:
- Edad de ingreso: 18 a 64 años
- Edad límite de permanencia: 65 años.
- Requisitos: no tiene.
- No se cubre fallecimiento por enfermedades pre-existentes a la fecha de contratación del seguro.
Es condición esencial que los gastos médicos reclamados sean consecuencia directa de las lesiones originadas por una ccidente siempre que éste ocurra durante la vigencia de esta cobertura adicional. El presente adicional obliga por cada accidente, al reembolso de los gastos médicos incurridos sólo hasta el monto asegurado por concepto de ésta cláusula adicional.
Gastos razonables y acostumbrados: Es el monto que habitualmente se cobra por prestaciones de carácter similar en la localidad donde éstas son efectuadas a personas del mismo sexo y edad, considerando además, que sean las prestaciones que generalmente se suministran para el tratamiento de las lesiones.
Fallecimiento del asegurado por accidente en transporte público: beneficio adicional a ser abonado en caso de fallecimiento accidental únicamente mientras el asegurado está viajando como pasajero o mientras esté subiendo o descendiendo de cualquier vehículo público, terrestre o acuático, con licencia para transportar pasajeros mediante el pago del respectivo pasaje; o de cualquier avión de pasajeros operado por empresa aérea comercial, legalmente autorizada para el transporte de pasajeros. Esta cobertura ampara al Asegurado sólo en calidad de pasajero y no como chófer, piloto, maquinista, conductor o tripulante.
Exclusiones y demás condiciones: de acuerdo a las establecidas en las condiciones generales de la póliza y coberturas adicionales.
*Los productos de seguros y sus coberturas son emitidas por empresas aseguradoras registradas y autorizadas a funcionar como tales por el BCU.
*Este producto es ofrecido por Mapfre Uruguay a clientes de Scotiabank.